Género y diversidad en cartas orgánicas municipales: Una comparación de las ciudades de Lago Puelo, Oliva, San Ignacio y San Lorenzo.
Por Leopoldo Fidyka (*)
Del análisis de cuatro cartas orgánicas municipales sancionadas durante el período 2018/2019, Lago Puelo (Provincia del Chubut); Oliva (Provincia de Córdoba); San Ignacio (Provincia de Misiones), y San Lorenzo (Provincia de Salta), que venimos realizando surgen los siguientes contenidos respecto a género y diversidad:
Las cartas orgánicas establecen principios orientados a la igualdad de oportunidades y de trato garantiza la igualdad ante la ley y el respeto a la diversidad, no admitiéndose trato diferente por razones étnicas, políticas, religiosas, de género y cualquier otro que implique discriminación.(Lago Puelo, Oliva, San Ignacio, San Lorenzo), aunque éstos principios se desarrollan con mayor énfasis en las tres primeras.
La Carta Orgánica de Lago Puelo dispone que el Gobierno Municipal garantizará en el ámbito público municipal la igualdad real de oportunidades y de trato entre los géneros, como así también el acceso y goce de todos los derechos estableciendo en las esferas de su incumbencia, acciones que permitan su ejercicio efectivo en todos los ámbitos, organismos y niveles, e incorpora la dimensión de género en el diseño y ejecución de sus políticas públicas,(en igual sentido Oliva); y a su vez que el Sistema de Planificación Integral para el Desarrollo Municipal incluirá dicho enfoque “en los procesos de planificación, planes, políticas, estrategias, programas y proyectos en la gestión municipal”[1].
Se instituyen consejos de mujeres como órganos participativos de consulta y asesoramiento en políticas públicas (Oliva y Lago Puelo); y en éste último municipio se establece que en el organigrama del ejecutivo local debe haber un Departamento de la Mujer y del total de los recursos propios estimados en el presupuesto municipal se debe asignar, como mínimo un 0,5 del mismo a temáticas de género.
En relación a la violencia de género, Oliva dispone que el Municipio adopta las medidas necesarias para proteger a las personas humanas contra todo tipo de violencia, y la obligación de capacitar de manera obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres a todas las personas que se desempeñen en la función pública, en todos los niveles y jerarquías de las dependencias municipales.
En materia de participación política se garantiza la paridad de género, en los distintos ámbitos de representación política, lo que obliga a todos los partidos políticos o frentes que se presentan en la contienda electoral, a intercalar sin importar el orden, varones y mujeres en las listas de candidatos (San Ignacio, Oliva, Lago Puelo); lo que incluye también la cobertura de vacantes en el Tribunal de Cuentas Municipal, (Oliva).
Respeto a la diversidad sexual, la municipalidad de Lago Puelo promueve la inclusión e integración a la población LGBT proponiendo las siguientes acciones:
· Designar a las personas con el nombre de identidad de género de acuerdo a lo que indica la ley.
· Eliminar las acciones y normativa local que, directa o indirectamente, promuevan la discriminación o impidan a las personas con diversa orientación sexual y/o identidad de género tener acceso a programas o servicios municipales.
· Promover el ejercicio del derecho al trabajo y a las oportunidades de empleo en el mercado laboral, sin discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género.
Oliva por su parte incorpora el cupo laboral, disponiendo que el municipio se compromete con la igualdad real de oportunidades en materia de género, mediante “la relación jurídica de empleo público, de personas travestis, transexuales y transgénero en una proporción no menor del 1% de la totalidad de los agentes municipales, sobre la base de la idoneidad y la mayoría de edad”[2].
Por lo tanto como puede observarse en éste breve paneo, el proceso de elaboración de las cartas locales en muchos casos fue utilizado para avanzar en derechos relacionados con género, democracia paritaria y diversidad. Aún así las cartas orgánicas municipales por su propia naturaleza son las encargadas en establecer lineamientos o marcos en el escenario local que deberán ser profundizados en normativas reglamentarias posteriores.
Cuadro comparativo: Principales contenidos sobre género y diversidad en las cartas orgánicas municipales relevadas.
Género y diversidad |
Lago Puelo |
Oliva |
San Ignacio |
San Lorenzo |
Igual de oportunidades y de trato |
|
|
|
|
Perspectiva de género en las políticas públicas |
|
|
|
|
Consejos de Mujeres
|
|
|
|
|
Área Mujer en el organigrama municipal |
|
|
|
|
Partida para género en el presupuesto municipal |
|
|
|
|
Capacitación obligatoria sobre violencia de género |
|
|
|
|
Paridad en la participación política |
|
|
|
|
Derechos diversidad sexual
|
|
|
|
|
Cupo laboral LGBT
|
|
|
|
|
Fuente: Investigación: "Trazos para la Participación Ciudadana en las Cartas Orgánicas Municipales." Estudio de casos: Lago Puelo, Oliva, San Ignacio, San Lorenzo. Fidyka Leopoldo, ESEIAP (2020).
>>Puede descargarse la publicación en el siguiente enlace: PC en las Cartas Orgánicas Municipales ARG
(*) Abogado (UBA). Magíster en Dirección y Gestión Pública Local (UIM, Universidad Carlos III- Universidad Internacional Menéndez Pelayo, España). Investigador, docente y consultor de distintos organismos y centros académicos. Se desempeña en la Administración Pública Nacional y es investigador de ESEIAP, Espacio de Estudios Interdisciplinarios sobre Asuntos Públicos.
[1] Art. 53 COM de Lago Puelo.
[2] Art. 54 COM de Oliva.